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Desde la crisis financiera de 2007, el principio de equidad[1] se ha convertido en un tema predominante en la fiscalidad internacional[2]. Aunque los países desarrollados han tratado de combatir las cuestiones derivadas de la evasión fiscal y las estrategias de planificación tributaria agresiva de las empresas multinacionales[3], el fenómeno de la globalización y la decisión de muchos otros países de entrar en competencia tributaria para atraer inversiones extranjeras en los últimos años[4] han hecho esta tarea muy difícil. Organizaciones internacionales como la OCDE y la Unión Europea han creado iniciativas como el proyecto BEPS[5] o el plan de acción de la UE[6] para intentar resolver este aparente problema. Sin embargo, estas iniciativas no son coercitivas y peor aún atractivas para los países, ya que consisten en recomendaciones no vinculantes encaminadas a restringir el poder regulatorio de los países para atraer inversiones a través de la eliminación de cargas fiscales.

Como resultado, desde junio de 2013 la Comisión Europea comenzó a abordar este fenómeno desde una perspectiva diferente al decidir el inicio de investigaciones del marco regulador fiscal de sus Estados miembros. Esta medida tenía por objeto determinar si estos Estados habían creado sistemas ilegales de ayuda estatal, desde el punto de vista del derecho de la competencia, a favor de las empresas multinacionales. Una de las investigaciones más emblemáticas sobre el tema fue la iniciada contra Apple, que llegó a su fin el 30 de agosto de 2016. La Comisión Europea determinó que Irlanda otorgó a la empresa beneficios fiscales indebidos, ya que estaba claro que el país diseñó un sistema de trato fiscal preferencial que permitió a dos compañías del grupo corporativo disminuir artificialmente su tasa de impuesto a la renta, de 1% en 2003 a 0.005% en 2014[7].

La Comisión consideró que Apple recibió una ventaja notable y selectiva sobre otras empresas en Irlanda, declarando que este trato fiscal era ilegal de conformidad con las normas de la UE en materia de ayudas estatales[8]. En consecuencia, la autoridad europea ordenó a Irlanda recuperar los impuestos impagos de los años 2003 a 2014 de Apple con el fin de eliminar la distorsión económica creada por la ayuda[9]. De esta manera, la Comisión Europea pudo transformar simples recomendaciones de organizaciones internacionales en decisiones ejecutorias basadas en los efectos negativos que los tratamientos fiscales preferenciales produjeron en el mercado europeo.

Problemas similares a los de Europa en materia de evasión fiscal están presentes en otras regiones del mundo, incluida América Latina. La mayoría de países latinoamericanos se han clasificado a lo largo de los años como de ingresos bajos o medios[10], por lo que tienden a utilizar estrategias como las exenciones fiscales para atraer inversión extranjera directa a sus economías. Sin embargo, estos incentivos suelen ser de bajo nivel en las encuestas sobre el clima de inversión y pueden generar competencia tributaria, con el riesgo de que, en última instancia, todos los países puedan perder por su establecimiento[11].De hecho, este proceso puede causar una "carrera hacia el fondo", donde todos los países terminan con menores ingresos fiscales sin un verdadero beneficio generado por la inversión[12]. Esto beneficiaría definitivamente a las corporaciones multinacionales y podría hacer que la inversión extranjera no produzca impacto alguno. En consecuencia, los incentivos fiscales podrían provocar distorsiones en el mercado y causar serios perjuicios a los países que los promueven.

Las medidas adoptadas por la Comisión Europea para considerar los sistemas fiscales preferenciales como una violación a las políticas de competencia de un tratado internacional fueron un excelente método para combatir la evasión fiscal en esa región. Sin embargo, esta solución es difícil de implementar en América Latina en el corto plazo debido a los altos costos de transacción para la negociación, celebración, monitoreo y cumplimiento de un acuerdo internacional sobre ayudas públicas, así como la inexistencia de una autoridad supranacional que regule y sancione las violaciones a la competencia. En este sentido, parece mucho más viable seguir la sugerencia de la OCDE para mitigar los efectos de la evasión fiscal, la cual recomienda a los países latinoamericanos implementar modestas formas de cooperación tributaria internacional debido a sus carencias evidentes de un sistema regional fuerte y desarrollado. Un ejemplo de estas medidas primigenias es la elaboración de un marco común para la presentación de informes sobre los incentivos fiscales y la promoción del intercambio de información entre los Estados, lo cual mejoraría su transparencia y sus prácticas de gobernanza[13].

En resumen, la evasión fiscal y la planificación tributaria agresiva de las empresas multinacionales es un problema mundial cada vez mayor debido a la proliferación de países en vías de desarrollo que pretenden crear incentivos fiscales para atraer la inversión de los primeros. A pesar de que la Unión Europea siguió un camino coercitivo para detener los abusos fiscales de estas corporaciones a través de la ejecución de herramientas creadas por el derecho de la competencia, su aplicación a corto plazo en América Latina y otras regiones parece inverosímil. Por lo tanto, las soluciones inmediatas a adoptar deben consistir en medidas menos directas para promover, por ejemplo, el intercambio de información entre países, al menos hasta que se puedan negociar nuevos acuerdos internacionales y se cree una autoridad supranacional que pueda ejercer funciones similares a las de la autoridad europea.

 


[1] The principle of fairness primarily imposes an obligation on tax payers towards each other, where individuals and companies benefit from tax paid by others and have an obligation to pay their tax as well and not to free ride. Cfr. S. Hemels. “Fairness and taxation in a globalized world” (February 26, 2015). Electronic copy available at: http://ssrn.com/abstract=2570750. accessed on December 10, 2016, 3.

[2] Ibid, 2-3.

[3] Tax evasion and tax avoidance are accomplished by methods such as transfer pricing abuse or hybrid mismatch arrangements.

[4] Cfr. M. Devereux and J. Vella. “Are we heading towards a corporate tax system fit for the 21st century?” Fiscal Studies, Forthcoming, Oxford Legal Studies Research Paper No. 88/2014 (November 20, 2014). Electronic copy available at: http://ssrn.com/abstract=2532933, accessed on December 10, 2016, 8.

[5] Cfr. Organisation for Economic Co-operation and Development. “Base erosion and profit shifting”. Accessed on December 10, 2016. http://www.oecd.org/ctp/beps.htm

[6] European Commission. “The fight against tax fraud and tax evasion.” accessed on December 10, 2016. http://ec.europa.eu/taxation_customs/fight-against-tax-fraud-tax-evasion_en,

[7] European Commission. “State aid: Ireland gave illegal tax benefits to Apple worth up to €13 billion”. Press Releases. August 30, 2016. http://europa.eu/rapid/press-release_IP-16-2923_en.htm. accessed on December 10, 2016.

[8] These rules are contained in Article 107 of the Treaty on the Functioning of the European Union. According to this Article, to be considered illegal, a tax exemption has to be understood first as a public aid and then as incompatible with the European market, following the provisions of Article 87.

[9] According to the Commission’s decision, the amount to be paid by Apple as a compensation measure was set at €13 billion, plus interest.

[10] These classifications can be observed in the World Bank Databank and its data page for countries and economies. The World Bank. “World Data Bank.” accessed on December 10, 2016. http://databank.worldbank.org/data/reports.aspx?source=2&country=ECU.

[11] Organisation for Economic Co-operation and Development. “Options for Low Income Countries' Effective and Efficient Use of Tax Incentives for Investment.” Global Relations in Taxation (October 15, 2015) http://www.oecd.org/tax/tax-global/options-for-low-income-countries-effective-and-efficient-use-of-tax-incentives-for-investment-call-for-input.pdf. accessed on December 10, 2016, 26.

[12] Ibid.

[13] Ibid, 90. 

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