+593 2290 7566 / 2290 5617

A finales de 2017, Ecuador presenció la resolución del

primer caso en materia de derecho de la competencia por parte de su Corte Nacional de Justicia. Desafortunadamente, la inexperiencia de la Corte se puso de manifiesto cuando aplicó, para resolver la cuestión, categorías como las reglas per se y de la razón, típicas del derecho antitrust estadounidense, en lugar de la clasificación de restricciones por objeto y efecto, expresamente reconocida en el ordenamiento jurídico ecuatoriano. En un artículo publicado en el Tomo I de Estudios de Derecho de la Competencia Ecuatoriano, María Teresa Lara, Nazaret Ramos y Ricardo Montalvo, miembros del equipo de ML Abogados, plantean que, al hacerlo, la Corte incurrió en graves errores de derecho que, si no son corregidos, pueden traer importantes repercusiones para el desarrollo y eficacia del derecho de la competencia en el país. Para acceder al artículo, haz click aquí.

Desde la crisis financiera de 2007, el principio de equidad[1] se ha convertido en un tema predominante en la fiscalidad internacional[2]. Aunque los países desarrollados han tratado de combatir las cuestiones derivadas de la evasión fiscal y las estrategias de planificación tributaria agresiva de las empresas multinacionales[3], el fenómeno de la globalización y la decisión de muchos otros países de entrar en competencia tributaria para atraer inversiones extranjeras en los últimos años[4] han hecho esta tarea muy difícil. Organizaciones internacionales como la OCDE y la Unión Europea han creado iniciativas como el proyecto BEPS[5] o el plan de acción de la UE[6] para intentar resolver este aparente problema. Sin embargo, estas iniciativas no son coercitivas y peor aún atractivas para los países, ya que consisten en recomendaciones no vinculantes encaminadas a restringir el poder regulatorio de los países para atraer inversiones a través de la eliminación de cargas fiscales.

Leer más...  

Entre los meses de octubre y noviembre de 2015, las dos productoras de cerveza más grandes del mundo, Anheuser-Busch InBev SA/NV (AB InBev) y SABMiller plc (SABMiller), confirmaron su decisión de concentrarse económicamente.[1] Según lo planificado, esta concentración tendría lugar a través de la compra de la totalidad de las acciones de SABMiller por parte de una compañía denominada NewBelCo, creada por AB InBev para efectos de la transacción, y una posterior fusión entre la NewBelCo y AB InBev.[2]

Leer más...  

El 23 de septiembre del presente año, la Junta de Regulación aprobó la Resolución No. 011. De acuerdo a la disposición final primera, esta Resolución tiene efectos a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, y de conformidad con la disposición derogatoria única, se deroga la Resolución No. 006 emitida por el mismo organismo.

Leer más...  

Contacto lateral

Para mayor información

Contacto