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Junta de Regulación y Control del Poder de Mercado 

Desde su promulgación en el Registro Oficial No. 697 de 7 de mayo del 2012, el artículo 42 del Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado (en adelante, RALORCPM) estableció, como una de las atribuciones de la Junta de Regulación, la siguiente: “b) Expedir documentos de guía y lineamientos respecto a los métodos de análisis de mercados y mercados relevantes”. No obstante, con la publicación del Decreto Ejecutivo 1161, el pasado 16 de septiembre de 2016, se ratificó y fortaleció las atribuciones reglamentarias de la Junta, dotando a sus pronunciamientos de fuerza vinculante y transformando sus lineamientos en parámetros de obligatorio cumplimiento para los órganos de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado (en adelante, SCPM).

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Las cláusulas de estabilidad en el derecho de inversiones son herramientas que los Estados utilizan para mitigar el riesgo regulatorio a favor de los inversionistas, siendo uno de sus objetivos otorgar un derecho de invariabilidad en el tiempo sobre la normativa que se relacione con la inversión con el fin de que esta no pueda ser afectada por dichos cambios. En países como Colombia, la estabilidad recae sobre todas las normas jurídicas que se consideren determinantes para desarrollar la inversión, mientras que en Perú, además de este tipo de convenios, se desarrolló otros específicos para materias de especial atención, como las tributarias.

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